Abogados especialistas en solicitar el Arraigo Social en Palma de Mallorca
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¿Qué es el Arraigo Social?
El Arraigo Social es un permiso a través del cual muchas personas pueden regularizar su situación administrativa de residencia en nuestro país. Esta autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales se puede tramitar tanto, si nunca has tenido un permiso de residencia, como si lo tuviste o lo perdiste al no poder renovarlo.
Actualmente existen en nuestra normativa varias autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales, como puede ser también el Arraigo Familiar o el Arraigo Laboral.
Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar cualquier solicitud, cuenta con los mejores abogados de extranjería de Palma de Mallorca. Disponemos de contratos de colaboración con entidades para poder ser más rápidos y ágiles.
El Arraigo Social es un permiso de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se podrá conceder a aquellos ciudadanos extranjeros que se hallen en España y, o bien tengan vínculos familiares en España, o bien estén integrados socialmente.
Este permiso puede ser de residencia únicamente, o de residencia y trabajo, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.
Esta autorización tiene la duración de un año y, una vez estemos cerca de su vencimiento, podremos renovarla para poder así seguir en España de forma totalmente legal.
Los requisitos para poder obtener este tipo de permiso de residencia son:
1. No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
2. Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos tipificados en el ordenamiento español.
3. No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
4. No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen.
5. Haber permanecido con carácter continuado en España durante un periodo mínimo de tres años.
6. Tener vínculos familiares (cónyuge o pareja de hecho registrada, ascendientes o descendientes en primer grado y línea directa) con otros extranjeros residentes o con españoles, o bien, presentar un informe que acredite su integración social emitido por la Comunidad Autónoma (o el Ayuntamiento si la Comunidad Autónoma lo ha autorizado), en cuyo territorio tenga su domicilio habitual.
En caso de que el informe no haya sido emitido en el plazo de 30 días, circunstancia que habrá de ser debidamente acreditada por el interesado, podrá justificarse este requisito por cualquier medio de prueba admitido en derecho.
7. Contar con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y empleador, para un periodo no inferior a un año. La empresa o el empleador deben encontrase inscritos en la Seguridad Social, así como hallarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Arraigo Social sin contrato de trabajo
Si no tienes una oferta de trabajo ni a ninguna empresa que quiera hacerte este contrato de trabajo podrás solicitar un Arraigo Social sin contrato de trabajo. En este caso tienes dos opciones:
- Arraigo Social por Cuenta Propia
El Arraigo Social también puede hacerse creando tu propia empresa y trabajar como autónomo en España.
- Arraigo Social con Recursos Propios
La otra opción que tienes para poder hacer este Arraigo Social en España sin contrato de trabajo es acreditar que dispones de recursos económicos propios.
Renovación de Arraigo Social
Si tu tarjeta por arraigo social va a caducar, debes cumplir una serie de requisitos para poder renovar o modificar tu permiso de residencia y/o trabajo en España. Pero no te preocupes, nosotros lo renovamos por ti.