Abogados especialistas en solicitar el Arraigo Laboral en Palma de Mallorca
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¿Qué es el arraigo laboral?
El arraigo laboral es un permiso de residencia de la legislación española para dar legalidad a extranjeros residentes en España en situación irregular.
Se trata de un permiso de residencia temporal para quienes hayan trabajado como mínimo 6 meses y hayan tenido una residencia continua en España durante los últimos 2 años.
El arraigo laboral es uno de los tres tipos de autorización excepcional que se pueden utilizar para obtener una residencia temporal en España.
Los otros dos son;
- Arraigo Social; dedicado a quienes estén integrados socialmente. Puedes saber más sobre el arraigo social leyendo aquí: Arraigo Social
- Arraigo familiar; que pueden solicitar los padres de niños nacidos en España o comunitarios o hijos de padres españoles.
¿Cuándo se puede solicitar el arraigo laboral?
El Arraigo Laboral se puede ser solicitado por extranjeros que cuenten con 2 años de residencia continuada en España y al menos 6 meses de relación laboral demostrable.
En caso de obtener el permiso, tiene una duración de un año. No se puede renovar, por lo que al finalizar el mismo, se debe solicitar una autorización de residencia o residencia y trabajo.
Requisitos para solicitar el arraigo laboral
- No ser ciudadano de un estado de la Unión Europea o familiar, tampoco del Espacio Económico Europeo o Suiza.
- No tener antecedentes penales en España o los países donde residió anteriormente, por delitos penados por el sistema español.
- No encontrarse dentro del compromiso de no retorno, que es un plazo de 3 años aplicable a quienes salieron voluntariamente de España.
- Haber permanecido en España durante 2 años. Para probar esta condición pueden presentarse documentos como empadronamiento, constancias de atención médica, certificaciones municipales o estatales que demuestren la presencia en el país.
- Relación laboral no inferior a 6 meses de duración dentro de esos 2 años.Esta es la mayor dificultad con la que se encuentran quienes deseen solicitar el arraigo laboral, excepto que hayan trabajado legalmente, lo cual es muy difícil dado que se supone que se encuentran en España de manera irregular.
Es importante destacar aquí la Última instrucción sobre arraigo laboral, permiso de residencia que ha sido modificado en 2021 por la última Sentencia del Tribunal Supremo y es de gran importancia.
Diferencia entre arraigo social y arraigo laboral
La diferencia es que para solicitar el arraigo social se exigen 3 años de residencia continua en España y estar integrado socialmente, mientras que para el permiso de arraigo laboral se necesitan 2 años de residencia y probar haber trabajado al menos 6 meses.