Novedades con respecto a la ocupación ilegal de inmuebles
La Fiscal General del Estado ha dictado la Instrucción nº 1/2020, de 15 de septiembre, sobre criterios de actuación para la solicitud de medidas cautelares en los delitos de allanamiento de morada y usurpación de bienes inmuebles.
La ocupación de bienes inmuebles constituye un fenómeno que, desde su misma aparición, ha generado preocupación social y una innegable sensación de inseguridad en la ciudadanía. A los perjuicios que estas acciones ocasionan a los titulares de los inmuebles ocupados, se unen los problemas de convivencia a que pueden dar lugar en el entorno social en el que las mismas se producen.
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En la Instrucción de la Fiscalía, se efectúa un estudio de los tipos penales de ocupación inmobiliaria y de allanamiento de morada, considerando como tal las denominadas segundas residencias o residencias de temporada, y da respuesta a las diferentes situaciones que se plantean en la práctica, haciendo especial referencia a los hechos de esta naturaleza cometidos en el ámbito de la delincuencia organizada.
La instrucción tiene por objeto que los y las Fiscales refuercen su intervención en defensa de los derechos de las víctimas y los/las perjudicados/as por estos delitos, recurriendo con la mayor inmediatez a las herramientas legales disponibles en nuestro ordenamiento jurídico, capaces de restablecer el legítimo derecho del/de la denunciante y evitar la persistencia en el tiempo de la conducta delictiva en tanto se tramita el correspondiente procedimiento.
Por otro lado, el inspector jefe Jaime Álvarez Fernández, destinado en la Comisaría de Distrito Centro de Madrid, en la Sección de Seguridad Ciudadana ha realizado un esquema de cómo debe actuar la Policía en los casos de allanamientos de morada y hacer frente a las ocupaciones ilegales de inmuebles.
El esquema, titulado “Actuación operativa ante supuestos de ocupación de bienes inmuebles” plantea las tres casuísticas que se pueden dar cuando se acude a una denuncia de una casa que ha sido ocupada.
- SI LA VIVIENDA ES MORADA, YA SEA EL DOMICILIO O LA CASA DE FIN DE SEMANA
- SI LA VIVIENDA NO ES MORADA
- SI NO SE SABE SI EL INMUEBLE ES MORADA O NO
Es importante que se tomen medidas para facilitar a los abogados de desahucios o a los abogados de desahucios exprés en Palma de Mallorca disponer de herramientas legales para atajar esta problemática.